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1. Derecho a no ser objeto de ninguna discriminación.
2. Derecho a la libre determinación.
3. Derecho a la autonomía o autogobierno.
4. Derecho a conservar y reforzar sus instituciones políticas, jurídicas,
económicas, sociales y culturales.
5. Derecho a una nacionalidad.
6. Derecho a la vida, integridad física y mental, la libertad y seguridad.
7. Derecho colectivo a vivir en libertad, paz y seguridad.
8. Derecho a no sufrir la asimilación forzada o la destrucción de su cultura.
9. Derecho a pertenecer a una comunidad o nación indígenas.
10. Derecho a no ser desplazado por la fuerza de sus tierras o territorios.
11. Derecho a practicar y revitalizar sus tradiciones y costumbres.
12. Derecho a manifestar, practicar, desarrollar y enseñar sus tradiciones,
costumbres y creencias espirituales y religiosas.
13. Derecho a mantener y proteger sus lugares religiosos y culturales.
14. Derecho a utilizar y vigilar sus objetos de culto.
15. Derecho a revitalizar, utilizar, fomentar y transmitir sus historias,
idiomas, tradiciones orales, filosofías, sistemas de escrituras y literaturas.
16. Derecho a establecer y controlar sus sistemas e instituciones docentes que
impartan educación en sus propios idiomas.
17. Derecho a todos los niveles y formas de educación.
18. Derecho a que la dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones,
historias y aspiraciones se reflejen en la educación pública y los medios de
información publica.
19. Derecho a establecer sus propios medios de información en sus propios
idiomas.
20. Derecho a acceder a todos los demás medios no indígenas sin discriminación.
21. Derecho a disfrutar todos los derechos laborales.
22. Derecho a no ser sometidos a condiciones discriminatorias de trabajo.
23. Derecho a participar en la toma de decisiones en asuntos que afecten a sus
derechos.
24. Derecho a ser consultados.
25. Derecho a mantener y desarrollar sus sistemas o instituciones políticas,
económicas y sociales.
26. Derecho a que se le asegure el disfrute de sus propios medios de
subsistencia y desarrollo.
27. Derecho a dedicarse libremente a todas sus actividades económicas
tradicionales y de otro tipo.
28. Derecho a una reparación justa y equitativa.
29. Derecho al mejoramiento de sus condiciones económicas y sociales en la
educación, el empleo, la capacitación y a la preparación profesional, la
vivienda, el saneamiento, la salud y la seguridad social.
30. Derecho a determinar y a elaborar prioridades y estrategias para su derecho
al desarrollo.
31. Derecho a participar activamente en la elaboración y determinación de los
programas de
salud, vivienda y demás programas.
32. Derecho a sus propias medicinas tradicionales.
33. Derecho a mantener sus prácticas de salud.
34. Derecho de acceso a todos los servicios sociales y salud.
35. Derecho a disfrutar por igual del nivel más alto posible de salud física y
mental.
36. Derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con sus
tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que han poseído u
ocupado y utilizado.
37. Derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han
poseído, ocupado o de otra forma utilizado o adquirido.
38. Derecho a poseer, utilizar, desarrollar y controlar sus tierras, territorios
y recursos que poseen en razón de la propiedad tradicional.
39. Derecho a la reparación o indemnización justa, imparcial y equitativa por
las tierras, los territorios y los recursos que tradicionalmente hayan poseído u
ocupado o utilizado que hayan sido confiscados, tomados, ocupados, utilizados o
dañados sin su consentimiento libre, previo e informado.
40. Derecho a la conservación y protección del medio ambiente y de la capacidad
productiva de sus tierras o territorios y recursos naturales.
41. Derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio
cultural, sus conocimientos.
42. Derecho a que no se desarrollen actividades militares en las tierras o
territorios de los pueblos indígenas.
43. Derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio
cultural, sus conocimientos tradicionales, sus expresiones culturales
tradicionales y las manifestaciones de sus ciencias, tecnologías y culturas.
44. Derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su propiedad
intelectual, sus conocimientos tradicionales y sus expresiones culturales
tradicionales.
45. Derecho a determinar y elaborar las prioridades y estrategias para el
desarrollo o la utilización de sus tierras o territorios y otros recursos.
46. Derecho a determinar su propia identidad o pertenencia conforme a sus
costumbres y tradiciones.
47. Derecho a obtener la ciudadanía de los Estados en que viven.
48. Derecho a determinar las estructuras y a elegir la composición de sus
instituciones conforme sus propios procedimientos.
49. Derecho a promover, desarrollar y mantener sus estructuras institucionales y
sus propias costumbres, espiritualidad, tradiciones, procedimientos, prácticas,
costumbres o sistemas jurídicos.
50. Derecho a determinar las responsabilidades de los individuos para con sus
comunidades.
51. Derecho a mantener y desarrollar los contactos, las relaciones y la
cooperación, incluidas las actividades de carácter espiritual, cultural,
político, económico y social, con sus miembros u otros pueblos a través de las
fronteras.
52. Derecho a que los tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos
concertados con los Estados o sus sucesores sean reconocidos, observados y
aplicados.
53. Derecho a la asistencia financiera y técnica de los Estados.
54. Derecho a procedimientos equitativos y justos para el arreglo de
controversias con los Estados u otras partes.
Publicado en
Laj E'silal - El Mensajero. Reproducido en el semanario Peripecias Nº
108 el 6 de agosto de 2008. Se reproduce en nuestro sitio
únicamente con fines informativos y educativos. |