Peripecias Nº 1 - 14 de junio de 2006

POLÍTICA

 

Asamblea Constituyente de Bolivia

 

El carácter de la asamblea

 

 

Óscar Alcoreza

 

 

Oscar Alcoreza es sociólogo y militantes del MAS (Movimiento al Socialismo).

 

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La Asamblea Constituyente es un instrumento del poder constituyente que son los movimientos sociales y la potencia social. La Constituyente se da en un proceso constituyente, es decir, en un proceso de emergencia y de transformaciones políticas. La Asamblea Constituyente se da en el ámbito de la crisis. La crisis de que hablamos tiene varias causas, una de ellas tiene que ver con la crisis económica generada por el modelo neoliberal que vació el ahorro interno transfiriéndolo a los circuitos de la banca internacional, que entregó los recursos naturales de la forma más groseramente mercantil, en beneficio pleno de las ganancias extraordinarias de las trasnacionales, enajenando el patrimonio de los bolivianos, que vulneró la autonomía del Estado-nación.


Otra de las causas tiene un carácter histórico prolongado, deriva de la matriz colonial instaurada por la conquista. La Guerra de la Independencia, la constitución de la república criolla, la Guerra Federal, que conformó el periodo liberal, la Guerra del Chaco y la consecuencia política de la Revolución Nacional de 1952 no culminaron con la descolonización, sino que reiteraron una y otra vez versiones cambiadas del colonialismo interno. El periodo de las dictaduras militares, la apertura democrática y el periodo neoliberal no fueron sino otras formas ampliadas del colonialismo interno, que puede leerse como un diagrama de poder inscrito en la sociedad boliviana.


Sobre esta herencia no pudo construirse una república, tampoco una democracia. Sobre una base de desigualdades y discriminación no hay democracia ni república. Hasta ahora no sólo hemos vivido desterrados en el seno de nuestra tierra, como reza la declaración de la junta tuitiva, sino que hemos vivido enajenados en un tiempo que no es el nuestro, sino de la ilusión jurídico-política. En medio de estas causas de la crisis, una en la historia reciente, otra en la historia larga, tenemos también otros factores desencadenantes de la crisis, éstos tienen que ver con el fracaso de las anteriores nacionalizaciones, la de la Standard Oil (1937), la Nacionalización de las Minas (1952), la nacionalización de la Gulf Oil (1969) y la nacionalización de la mina Matilde (1971).

 

Estas nacionalizaciones no terminaron con el círculo vicioso de la dependencia, al contrario, la reforzaron, a pesar del control estatal y del proyecto de sustitución de importaciones. Esto debido a que faltó nacionalizar el Estado. La Asamblea Constituyente tiene esta tarea primordial: construir un nuevo Estado. La nueva forma de Estado emerge de las raíces profundas de las sociedades autóctonas, de las culturas propias, incluyendo las mezclas y los mestizajes culturales.

 

La nueva forma de Estado es posible si modificamos el mapa institucional, que son los verdaderos engranajes del poder, si cambiamos la unidad de composición del Estado. La nueva unidad de composición del Estado se construye con el propósito fundamental de descolonizar radicalmente el Estado. Esto significa instaurar un régimen indígena transversal, acompañado por un régimen multinacional y por un régimen de control social, también transversales.


Estos regímenes sustentan los derechos colectivos, sociales y de los pueblos. Los otros regímenes, como el régimen económico, el régimen de recursos naturales, el régimen de tierras, el régimen cultural, el régimen educativo, el régimen político, son condicionados por los anteriores regímenes transversales. De este modo los derechos individuales se complementan con los derechos colectivos, los derechos de propiedad son determinados y limitados por los derechos colectivos. La nueva forma de Estado debe pasar por una transformación del orden territorial que plasme en el manejo del espacio la complementariedad entre derechos colectivos y derechos individuales. La nueva forma de Estado debe pasar por la reterritorialización de las comunidades indígenas. Esto implica reconocer un régimen de autonomías, de la única forma en que pueden darse, como autonomía de nacionalidades.

 

El presente artículo fue publicado en el diario La Prensa (La Paz, Bolivia), el 8 de junio 2006. Se reproduce en nuestro sitio únicamente con fines informativos. Reproducido en el semanario Peripecias Nº 1 el 14 de junio 2006.

 

 

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